Los impuestos de una empresa unipersonal en Uruguay cambian según el régimen de aportación en que se suscriban al registro de contribuyentes. En este artículo veremos las diferentes opciones disponibles.
Cuando una empresa está catalogada como Unipersonal, tenga empleados o no, debe inscribirse ante la DGI a los efectos de comenzar a pagar al estado los impuestos que le corresponden.
Impuestos de una empresa unipersonal en Uruguay
Según su régimen de aportación, una empresa unipersonal puede abonar los siguientes impuestos: el IVA, el IRPF y el IRAE.
Aquellas personas que reciban retribuciones por servicios personales a personas o empresas localizadas en Uruguay serán contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA). En cada factura el emprendedor deberá incluir el IVA, que en la actualidad grava el 22% de la transacción, y luego hacer el pago correspondiente según el cronograma de la DGI.
El IRAE (Impuesto a la Renta de Actividades Empresariales) grava a las rentas netas de la empresa que provengan de personas o compañías ubicadas en Uruguay. El tributo es del 25% de las rentas netas e incluye no solo la facturación sino hasta la venta de activos. Este impuesto aplica incluso para las rentas generadas por honorarios profesionales fuera de la relación de dependencia.
El emprendedor también tendrá que abonar el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas, en el que se incluyen las rentas generadas en una relación de dependencia laboral y también fuera de ella. Están en la obligación de pagar este impuesto todas aquellas personas cuyos ingresos superen el mínimo no imponible establecido en las franjas del IRPF.
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Fuentes: Dirección General Impositiva, Decreto 16063, El IRAE en Uruguay, El IVA en Uruguay