Para qué sirve una Letra de Cambio en Uruguay

Autor: favio Publicado el 16th abril 2015 - Última Edición: 16 de abril de 2015

Las letras de cambio en Uruguay son medios que no se utilizan con mucha frecuencia debido a que la gran mayoría desconoce su función, pero en realidad son muy fáciles de diligenciar y evitan el pago de ciertas obligaciones personales o comerciales en efectivo. ¿Para qué sirve una letra de cambio? Se utilizan casi siempre cuando existen […]

Para qué sirve una Letra de Cambio en UruguayLas letras de cambio en Uruguay son medios que no se utilizan con mucha frecuencia debido a que la gran mayoría desconoce su función, pero en realidad son muy fáciles de diligenciar y evitan el pago de ciertas obligaciones personales o comerciales en efectivo.

¿Para qué sirve una letra de cambio?

Se utilizan casi siempre cuando existen diferentes compromisos financieros. En la mayoría de casos el girado le debe al librador una suma de dinero, pero este a su vez tiene una deuda con otra persona. Mediante la letra de cambio el librador autoriza al girado para que le entregue un monto a la persona con la que tiene la deuda.

Otro uso que se le da a este tipo de documentos es como garantía del pago de una deuda, de manera que sirve como constancia formal de que en determinado plazo se debe pagar una suma completa, incluyendo los intereses.

Como principal ventaja con respecto a otros documentos como los cheques, es que no se necesita la intervención de una institución bancaria. En efecto, para muchas personas la letra de cambio facilita muchos compromisos porque se puede elaborar mediante un documento privado de una manera muy similar a lo que ocurre con un pagaré.

Participantes en una letra de cambio

– Librador: Es la persona que efectúa la orden de pago y elabora la letra de cambio.

– Girado: Es quien acepta la orden de pago y se compromete a pagar una vez que firma el documento. En la letra de cambio se indica el lugar de pago para que el acreedor haga el cobro correspondiente.

– Beneficiario: Es quien cobrará finalmente el monto señalado en el documento.

En caso de que el girado no acepte la realización del pago, en una letra de cambio se pueden relacionar otras personas (recomendatarios) que asumen la obligación en segunda instancia.

Fuentes: BCU, Derecho Comercial.

Imagen cortesía de Cheon Fong Liew (Flickr.com), licencia CC BY SA 2.0

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