Calendario de vencimientos del IVA 2015

Autor: Edicion Publicado el 7th julio 2015 - Última Edición: 14 julio, 2015

El pago del IVA está fijado en la resolución número 4719, promulgada el 12 de diciembre de 2014, en Montevideo, establece los lapsos e información general sobre este proceso.

13-07-15 Esté al día con el pago del IVAInnumerables países del mundo regidos bajo políticas tributarias de recaudación de impuestos, determinan que la oportuna cancelación de estos aranceles públicos contribuye al desarrollo de cada nación. Uruguay no está exento de ello.

Organismos de este país suramericano, como la Dirección General Impositiva (DGI), aseguran que impuestos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) fomentan el financiamiento de áreas económicas y sociales, objetivo destinado al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos uruguayos.

La República Oriental del Uruguay, como muchas naciones, establece cada año -vía decretos- el calendario según el cual los contribuyentes deben cancelar el IVA, así como otros impuestos de suma importancia.

La resolución número 4719, promulgada el 12 de diciembre de 2014, estipula como lugares de pago las redes de cobranza habilitadas por la DGI así como por internet, y establece que el periodo de cancelación inicia en enero 2015 y finaliza en diciembre de ese mismo año.

A su vez, destaca el reglamento que la cancelación del IVA mínimo regirá según el siguiente calendario:

Mes  Días de 2015
Diciembre 2014 20 de enero
Enero 2015 20 de febrero
Febrero 2015 20 de marzo
Marzo 2015 20 de abril
Abril 2015 20 de mayo
Mayo 2015 22 de junio
Junio 2015 20 de julio
Julio 2015 20 de agosto
Agosto 2015 21 de setiembre
Setiembre 2015 20 de octubre
Octubre 2015 20 de noviembre
Noviembre 2015 21 de diciembre

Mientas, los servicios personales que no posean relación de dependencia deberán cancelar el IVA/IRPF (Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas) de acuerdo al siguiente calendario:

Bimestre  Días de 2015
Noviembre – Diciembre 2014 26 de enero
Enero – Febrero 2015 23 de marzo
Marzo – Abril 2015 26 de mayo
Mayo – Junio 2015 27 de julio
Julio – Agosto 2015 24 de setiembre
Setiembre – Octubre 2015 24 de noviembre

Para la presentación de la Declaración Jurada del IVA por servicios personales, el contribuyente deberá formularla en el tiempo establecido por la DGI, tal cual reza en el siguiente cronograma:

RUC, C.I. o N.I.E. según corresponda Días de 2015
0 8 al 12 de junio
1 15 al 22 de junio
2 23 al 29 de junio
3 30 de junio al 6 de julio
4 7 al 14 de julio
5 15 al 22 de julio
6 23 al 30 de julio
7 31 de julio al 7 de agosto
8 10 al 17 de agosto
9 18 al 26 de agosto
Atrasados – todos los dígitos 27 de agosto

Imagen cortesía de: Jarmoluk (pixabay.com) Todos los Derechos Reservados

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