Tributos domiciliarios: ¿Los paga el inquilino en Uruguay?

Autor: Martin Publicado el 7th octubre 2020 - Última Edición: 7 octubre, 2020

Uno de los aspectos que suele generar inquietud, al momento de tener que alquilar una casa, es el tema de los tributos domiciliarios y quién debe pagarlos en Uruguay. Algunos corresponden al inquilino y otros al dueño de la propiedad. Dentro de los tributos inmobiliarios nos encontramos con la Contribución Inmobiliaria, la cual es anual, […]

Uno de los aspectos que suele generar inquietud, al momento de tener que alquilar una casa, es el tema de los tributos domiciliarios y quién debe pagarlos en Uruguay. Algunos corresponden al inquilino y otros al dueño de la propiedad.

Dentro de los tributos inmobiliarios nos encontramos con la Contribución Inmobiliaria, la cual es anual, esta corresponde a los propietarios aun cuando el inmueble se encuentre alquilado. La misma es un pago anual o en cuotas según lo disponga la Intendencia correspondiente. 

Otro gasto anual es el Impuesto a Primaria, que también se debe hacer cargo el propietario aún cuando se encuentre alquilado el inmueble. Los tributos domiciliarios, generalmente bimensuales, si están a cargo del inquilino de la propiedad.

En tema de gastos comunes, para el caso de apartamentos, también se encuentran bajo obligación de los inquilinos. Así vemos cuáles de los tributos, tantos anuales como domiciliarios deben pagarse o no por los inquilinos en Uruguay.

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