Dentro de nuestra serie dedicada a Abrir una empresa en Uruguay, ahora nos llega el turno de describir cómo formar una sociedad anónima.
Una sociedad anónima es una sociedad comercial en al cual el capital se divide en acciones, que pueden presentarse en títulos negociables y la responsabilidad de los accionistas se limita a las acciones que suscriban con el capital aportado en la sociedad. Constituir una sociedad anónima es la alternativa adecuada cuando se dispone de un gran capital para emprender un negocio.
Requisitos para abrir una Sociedad Anónima
Para formar una sociedad anónima, es necesario cumplir con las siguientes condiciones
- Los socios deben ser mayores de 18 años de edad
- Contar con un documento de identidad válido para el Estado uruguayo (cédula de identidad uruguaya o pasaporte)
- Que haya por lo menos 2 socios accionistas
- Que el capital social sea superior a los 18 millones de pesos uruguayos.
- Los socios fundadores deben aportar un mínimo del 25% del capital social y un máximo del 50%. Deberán hacer este aporte de capital en el plazo establecido por la sociedad para ejercer sus derechos y deberes como socios accionistas.
Trámites para crear una sociedad anónima
Para constituir una sociedad anónima es necesario satisfacer requisitos obligatorios, en presencia de un Escribano Público:
- Realizar la asamblea constitutiva entre los socios. En la asamblea se definirá la denominación del a empresa, el capital social, el domicilio, los aportes de los socios y cómo se distribuirán las ganancias y se soportarán las pérdidas.
- Llevar a a cabo un estudio jurídico, que requiere de la intervención de un escribano público. El funcionario debe confirmar la veracidad de toda la información presentada en la asamblea constitutiva.
- Revisión de los estatutos de la sociedad en la Auditoría Interna de la Nación.
- Inscripción de la compañía en la DGI y en el BPS.
- Contratar el seguro de accidentes laborales en el BSE para los empleados de la sociedad.
- Inscribir la empresa en la División de Documento de la Inspección General del Trabajo, dependencia del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.
- Inscribir la sociedad anónima en el Registro Nacional de Comercio
- Publicar un anuncio en el Diario Oficial y en otro periódico de circulación nacional.
Fuentes
- Poder Legislativo, República Oriental del Uruguay. Ley 16.060, Sociedades Comerciales.
- Portal de la empresa. Sociedad anónima: pasos para su creación.
Escrito por: Edicion
Publicado en Empresas
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