Cuando un ciudadano interesado en adquirir un bien inmueble firma un “boleto de reserva”, no es más que el proyecto del futuro contrato de compraventa. En un boleto de reserva se estipulan una serie de condiciones, que de darse podrán provocar la normal firma consagratoria y definitiva.
Entre estas condiciones está la aceptación o visto bueno del Escribano interviniente de la Titulación, los planos y demás elementos constitutivos de la documentación, resultante de su minucioso estudio de los certificados públicos. También se verifica la situación jurídica “libre de gravámenes”, respecto al bien y también de sus titulares.
Todo esto indica que el boleto de reserva es como un acta de compromiso de compra-venta, pero para hacerlo realidad debe someterse el inmueble deseado a una serie de situaciones que permitirá concretar el proceso.
Boleto no es un sinónimo de compra-venta
Por tanto un boleto de reserva, no es en sí una certeza de compra-venta, pues el inmueble debe cumplir con unas exigencias jurídicas, que en caso de no cumplirlo, es decir si falta algún requisito esencial, o la obtención del inmueble llega a ser muy extendida en el tiempo, muy compleja o gravosa, se puede proceder a rescindirlo, sin responsabilidad de ninguna de las partes que lo habían firmado.
Por el contrario si todo va bien y de acuerdo con las condiciones pactadas de las partes en el futuro negocio, se procede ya a elaborar el finiquito del documento de compra-venta.
¿Por qué se firma un boleto de reserva?
La firma de un boleto significa para el vendedor que ya no exhibirá ese inmueble a otros interesados, y para el comprador, que ya no buscará ni visitará otros.
Por su parte, la presencia de un boleto de reserva para las inmobiliarias significa que el negocio está cerrado y deben retirar del mercado esta mercadería que está “vendida”, aunque para llegar al documento jurídico deban cumplirse aún algunas condiciones.
Fuente: aquitechomontevideo.blogspot.com
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