Qué es el IASS en Uruguay, quién lo paga y cómo se calcula

Autor: caguirre Publicado el 27th mayo 2014 - Última Edición: 27 de mayo de 2014

El IASS, o Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social, es un impuesto que grava a los ingresos de jubilaciones y pensiones de instituciones públicas y empresas privadas que se encuentren localizadas en Uruguay

Qué es el IASS en UruguayEl IASS, o Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social, es un impuesto que grava a los ingresos de jubilaciones y pensiones de instituciones públicas y empresas privadas que se encuentren localizadas en Uruguay. Este impuesto entró en vigor el 2008.

Con la creación del IASS en Uruguay, los jubilados y pensionados dejaron de pagar el IRPF por concepto de estos ingresos. Esto implica que si un jubilado tuviera un ingreso por un concepto distinto, como un trabajo dependiente en una empresa, tendría que pagar el IASS, por un lado, y el IRPF, por el otro.

Otra diferencia entre este impuesto y el IRPF es que el IASS no acepta deducciones.

¿Quiénes no abonan?

Los únicos que no pagan el Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social son los jubilados y pensionados que hayan sido obtenido ingresos por pasividades y que, sumados mensualmente, no superen el límite de 8 BPC.

Cálculo del IASS en Uruguay

Para calcular el IASS se determina y tienen en cuenta los ingresos mensuales a través de pensiones, prestaciones de pasividad de iguales condiciones y jubilaciones de una fuente uruguaya.

Ese total se compara con la siguiente escala de ingresos mensuales, presentada en BPCs  y en la que se indica la retención por concepto del IASS que realizará el instituto de prevención social.

Desde

Hasta

Tasa

0

8

0 %

8

15

10 %

15

50

20 %

Más de 50

25 %

¿Qué trámites deben realizar los contribuyentes?

Cuándo NO hay que hacer trámites

Los que tengan ingresos por jubilación u otras pasividades a través de una única institución de prevención social ( BPS o AFAP ) no deberán realizar trámites. Lo mismo ocurre para los que tengan ingresos simultáneos por más de una pasividad de parte de diferentes organismos de prevención social y que ambas no superen los 8 BPC mensuales.

Cuándo SI hay que hacer trámites

Quienes reciban ingresos por jubilaciones de más de una institución, y la suma de ambas supere las 8 BPCs, tendrán que elegir uno de estos ingresos para tributar el IASS. Esto implica entonces que el contribuyente tendrá que solicitar el formulario 3800 en la DGI y llevarlo a la institución en la que se realizará la retención.

Formas de liquidación del IASS

Los institutos de previsión social realizarán las retenciones mensuales por concepto de este impuesto. Al final del año fiscal, el instituto hará un ajuste:

  • si el contribuyente debe dinero en ese momento, entonces el instituto retendrá la cantidad necesaria;
  • si hubo un pago superior al correspondiente, el dinero será devuelto al contribuyente siguiendo los lineamientos de la DGI.

Fuente: DGI, Rueda, Abadi & Pereira

Escrito por: Publicado en Impuestos | Etiquetado | 19 Comments
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19 thoughts on “Qué es el IASS en Uruguay, quién lo paga y cómo se calcula

  1. sylvia sagastiberry

    a mi me desciuentan el IASS en la caja profesional, soy odontóloga jubilada, porque, no tengo derecho a devolución.

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  2. María Rodríguez

    Yo cobre $ 77000 por concepto de jubilación por incapacidad física en el mes de enero/2016 (fueron varios meses juntos que me abonaron desde que autorizaron la jubilación) ahora por mes no llego a $ 26720. Mi pregunta es cuanto tengo que pagar por el Iass, cuando y donde.
    Muchas gracias

    Reply
  3. myriam rodriguez

    estoy jubilada por enfermedad quiero que me expliquen si pueden que es el iass y que en recibo me ponen jujeto pasivo responsable 5136534 BPS pasivo -IASS RUC 00213054160019 ingresos gravados por IASS $ 165961,44 que es esto?

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  4. PEDRO SAJAC CI 987112-9

    YO COBRO NOMINALMENTE 10000 PESOS CON LAS RETENCIONES DE DGI Y OTRAS LIQUIDO COBRO 3501 PESOS
    AHORA ME DICEN QUE DEBO DE IASS 112279,56 ESO CONSIDERO QUE NO CORRESPONDE COMO SE RESUELVE ESTOY EN UN HOSPITAL PIÑEYRO DEL CAMPO CON ACV.
    AGRADEZCO UNA RESPUESTA URGENTE POR MI ANGUSTIA

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  5. Patricia di Lorenzo

    Buenas tardes. Mi madre falleció el 28 de marzo de 2016, jubilada de Caja Bancaria y Caja de Industria y Comercio. Próximamente, yo tendré que pagar su IASS correspondiente al año 2015, para lo que necesito sus recibos de marzo de ambas cajas, si no me equivoco. Lamentablemente, los he buscado incansablemente pero no he tenido suerte de encontrarlos. Agradecería que me informaran qué pasos debo tomar para conseguir la información necesaria para el cálculo del IASS. Estoy a las órdenes para suministrarles la información adicional que puedan necesitar.
    Mil gracias de antemano por su ayuda, ya que estoy en un punto en que no sé cómo proceder.
    Cordialmente,
    Patricia di Lorenzo

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  6. Adriana RODRÍGUEZ

    Hola.mi madre jubilada cobra X bps y vive en España. Ahora el gestor allí le dice que por los montos debe pagar IRPF . Y que si aquí paga IRPF ( ella aporta al IASS) debe justificar lo que paga para deducir lo en ESPAÑA…el IASS es el sustituto del IRPF? Es así? Quien debe darme la información para presentarla en España? Muchas gracias. ! Adriana

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    1. Gonzalo

      Adriana, existe un convenio firmado en 2009 entre UY y España. Lo que debes intentar justificar es la RESIDENCIA de tu madre en España para que no la graven aqui. Encuentras mas informacion en la pagina de DGI/Normativa/Convenios

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  7. Domingo Piastra

    En el BPS me informaron que mi jubilación va a ser de $ 30.425.00.
    No me di cuenta de preguntar cuanto me descuentan de IASS Y FONASA
    Me podrán informar por favor?
    Gracias

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  8. Carlo

    Yo opino que si tienen deudas al estado las dejen de lado, ya bastante han aportado toda su vida como para seguir dandole dinero a estos ineptos y corruptos políticos, toooodos iguales!! Saludos y disfruten de su dinero jubilados!!

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  9. eduardo perez

    quiero saber si es correcto que cobren el IASS sobre lo que pago por otros impuestos que me deducen de mi jubilación,
    leyes N° 18396 y 18731 .Porque todos los descuentos los hacen por la jubilación nominal.
    De la misma manera los otros 2 impuestos los cobran sobre los que pago de IASS.-

    SI FUERA POSIBLE ME LO INFORMARAN A MI CORREO ELECTRÓNICO .QUEDARÍA MUY AGRADECIDO.-

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  10. Eduardo José Perez Di Mauro

    No recuerdo haber hecho ningún comentario en este muro,sin embargo recién publiqué mi primer
    comentario y me contestan que ya había hecho el mismo comentario y no lo publicaron, por lo que
    vuelvo a hacerlo.
    Preguntaba si era posible que me descontaran el IASS sobre mi jubilación nominal de la que me
    descuentan otros dos impuestos sobre el mismo nominal , leyes N° 18396 para Caja de jubilaciones
    y pensiones Bancarias y N°18731 Fonasa, por lo que estoy pagando impuestos sobre los otros im-
    puestos.Creo que ya que tengo que pagarlos que los cobren sobre el nominal descontados los otros
    impuestos.

    Quiero de ser posible me contesten a mi correo electrónico, si es correcto pagar impuestos sobre
    otros impuestos. El orden de los descuentos Ley 18396 sobre nominal , IASS sobre nominal dedu-
    cido Ley 18396 y por último Ley 18731 sobre nominal deducidos los otros dos impuestos ,sería lo
    correcto.

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  11. Maria

    Hola, quisiera saber si para la declaración Iass te deben deducir lo descontado por fonasa, porque si bien dicen q el Iass no admite deducciones tendría q estar pagando impuesto sobre impuesto, de ser así si puedo desafiliarme del fonasa, gracias

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  12. Stella Galván

    Hola,tengo jubilación escolar y x ser docente,sigo trabajando para el ministerio de defensa como docente.
    Si sumo la jubilación y el ingreso como docente supero la segunda franja de irpf,me dicen q no tengo q pagar irpf.xque pago fonasa,es así?
    Agradezco respuesta

    Reply
    1. Angélica Bentancurt Massiotti

      Mi situación es igual a la tuya. Entiendo que las jubilaciones no se suman al sueldo de la actividad desarrollada. Pagas el IRPF que te corresponda sólo sobre tus ingresos de la actividad.

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  13. Angélica Bentancurt Massiotti

    Soy maestra jubilada y trabajo en actividad privada como dependiente. En ambos recibis me descuentan cuota mutual . La mía y la de un dependiente. Puede ser que pague dos veces?

    Reply

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