Devolución del IRPF por alquileres: A quién le corresponde y cómo tramitarla

Autor: Edicion Publicado el 21st septiembre 2016 - Última Edición: 3 octubre, 2016

Las consultas acerca de la devolución del IRPF por alquileres se multiplican en esta época del año en que se han cumplido los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y el año comienza a transitar su recta final. Hay que recordar que los trabajadores que sean contribuyentes del IRPF o del IASS tienen […]

Devolución del IRPF por alquileres: A quién le corresponde y cómo tramitarlaLas consultas acerca de la devolución del IRPF por alquileres se multiplican en esta época del año en que se han cumplido los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y el año comienza a transitar su recta final.

Hay que recordar que los trabajadores que sean contribuyentes del IRPF o del IASS tienen la opción de reclamar la devolución del monto que abonan en concepto de alquiler de la vivienda única. Los contribuyentes del IRPF pueden reclamar también el monto de la cuota hipotecaria para la compra de vivienda.

¿Cómo se accede a la devolución del IRPF por alquileres?

El contribuyente debe presentar la declaración jurada a la DGI para poder reclamar la devolución ya sea del alquiler de la vivienda o de la cuota hipotecaria. Para esto, la DGI ofrece asistencia gratuita para aquellos que necesiten orientación para la confección de la declaración jurada.

¿Cuáles son los requisitos para pedir la devolución del IRPF por alquileres?

El monto de la devolución otorgado es el equivalente al 6% del monto abonado en concepto de alquiler durante todo el año anterior, aunque el contribuyente no haya abonado el año completo. El porcentaje equivale a un mes completo de alquiler, en el caso que el inquilino haya estado los 12 meses en la vivienda.

Otro requisito a tener en cuenta es que debe haber un contrato de alquiler de manera escrita y el periodo de alquiler en dicho contrato debe ser superior al año. Se debe identificar al dueño del inmueble alquilado.

¿En qué lugar se debe cobrar la devolución del IRPF por alquileres?

Una vez que la DGI haya aprobado el trámite del contribuyente para la devolución del IRPF por alquileres, el monto puede cobrarse a través de locales Abitab, Red Pagos, supermercados El Dorado, es decir los mismos lugares en donde se percibe las devoluciones del Fonasa. El contribuyente también puede solicitar el pago a través de un depósito bancario, aunque se debe realizar un trámite en el propio banco.

Fuentes

El Pais

Imagen cortesía de TopQuad (Vimeo.com) Licencia CC BY

 

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8 pensamientos en “Devolución del IRPF por alquileres: A quién le corresponde y cómo tramitarla

  1. Maria del Rosario Rodriguez

    Quiero saber que documentacion tengo que presentar para la devolucion por concepto de alquiler.Soy pasiva.

    Responder
  2. Pablo

    Cuando puedo presentar la DJ para devolucion del IRPF por alquiler? Tengo que comprar el monto total de mi IRPF descontado en el año con el 6 del total del alquiler pago o mes a mes con el 6% del alquiler mensual?
    Desde ya, gracias!
    Saludos

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  3. Diego Fernandez

    Buenas tardes y feliz año para todos! Tengo la siguiente interrogante: En lo particular, mi pareja es quien figura como parte en el contrato, mientras que yo soy el co-obligado a través de una empresa que nos brinda la garantía para alquilar (ANDA). Por lo cual, la mayor parte del alquiler, recae en mi salario y no en el de mi pareja. En este caso, que sucede con la devolución? se realiza únicamente en correspondencia con lo que a ella le descuentan de su sueldo (que es alrededor de un 30% del valor de alquiler)? Hay forma de que a mi me puedan realizar la devolución, mas allá de no estar en el contrato?

    Muchas gracias!

    Saludos.
    Diego

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