Préstamos del BPS 2019

Autor: martin Publicado el 20th febrero 2019 - Última Edición: 20 de febrero de 2019

El Banco de Previsión Social (BPS) cuenta con una serie de préstamos, de fácil acceso, que sólo puede ser otorgado a jubilados pensionistas del ente gubernamental. Los préstamos del BPS 2019 permitirán recibir a los pasivos uruguayos un máximo de seis pasividades mensuales nominales, con un monto que no podrá superar los $ 311.800. Los […]

El Banco de Previsión Social (BPS) cuenta con una serie de préstamos, de fácil acceso, que sólo puede ser otorgado a jubilados pensionistas del ente gubernamental. Los préstamos del BPS 2019 permitirán recibir a los pasivos uruguayos un máximo de seis pasividades mensuales nominales, con un monto que no podrá superar los $ 311.800.

Los beneficiarios a estos préstamos que brinda el BPS para 2019 deben recibir haberes mensuales por algunos de los siguientes conceptos:

  • Jubilaciones por BPS.
  • Pensiones de sobrevivencia.
  • Pensiones graciables.
  • Pensión especial reparatoria.
  • Pensiones de vejez o invalidez.
  • Subsidio transitorio por incapacidad.
  • Subsidio especial por inactividad compensada.

Otro de los puntos a tener en cuenta es que la cuota no deberá superar el 40%  de la pasividad recibida mensualmente. Mientras que la tasa de préstamos es la siguiente:

  • En 6 cuotas; de un 27.50 % efectiva sobre saldos.
  • En 12 cuotas; de un 30.50 % efectiva sobre saldos.
  • En 18 cuotas; de un 32.00 % efectiva sobre saldos.
  • En 24 cuotas; de un 32.00 % efectiva sobre saldos.

Los plazos de solicitud de los préstamos del BPS van desde 6 hasta 24 cuotas pudiendo contar con una renovación del mismo de acuerdo a la siguiente escala de cuotas pagas:

  • 10 cuotas pagas de 24.
  • 8 cuotas pagas de 18.
  • 5 cuotas pagas de 12.
  • 3 cuotas pagas de 6.

Para solicitar el préstamo es necesario ser el titular de la pasividad o apoderado del pasivo. En caso de solicitarla el titular necesitará la cédula de identidad vigente y en buen estado; mientras que para un apoderado, es necesaria la presentación de  cédula de ambos y certificado de existencia expedido por médico tratante, que no debe contar con más de 24 horas de vigencia. El préstamo se tramita en la oficina del BPS más cercana a su domicilio.

Escrito por: Publicado en Prestamos por banco | Etiquetado , , , | Ver comentarios
TWITTEAR Compartir Telegram Compartir por Email

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *