Como adquirir los derechos posesorios de una propiedad en Uruguay

Autor: Marlén Publicado el 17th junio 2015 - Última Edición: 23 junio, 2015

En Uruguay se establece que cuando alguien no es propietario de un inmueble pero lo tiene y se ocupa de él como si fuera su dueño, es propietario de dicho inmueble siempre y cuando se den las siguientes condiciones:

Como adquirir los derechos posesorios de una propiedad en UruguayEn Uruguay se establece que cuando alguien no es propietario de un inmueble pero lo tiene y se ocupa de él como si fuera su dueño, es propietario de dicho inmueble siempre y cuando se den las siguientes condiciones:

Habitar el inmueble por un año ininterrumpido y de manera no violenta y sin que durante este lapso el dueño presente reclamos. La posesión debe ser pública, o sea, conocida por terceros y no de manera clandestina. Además debe ser clara, sin lugar a dudas y la persona debe actuar como si fuese el dueño de la propiedad.

Verificación de la posesión

Los actos de dueño pueden variar, por ejemplo puedes pagar la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Primaria, hacer reformas (ampliaciones, cercados, plantaciones), dar mantenimiento, limpiar, rentar, entre otros. Cuando cedes la posesión, haces una simple declaración formulada por cedente y cesionario que debe ser corroborada en un proceso judicial de prescripción mediante el aporte de prueba hábil con el fin de acreditar los actos posesorios con las características que se exigen por la ley, durante el tiempo correspondiente.

Si pagas impuesto, fíjate que este no es un acto que pueda considerarse como posesorio en sí, pero puede resultar un indicio para el juez mientras se presentan otras pruebas que te acrediten como posesor del inmueble.

Fallecimiento del titular

En caso de que muera el titular de los derechos posesorios, éstos se transmiten a sus herederos, de ahí que sea importante declarar en el trámite de sucesión el bien sobre el cual el fallecido ejerció los derechos posesorios.

Los derechos posesorios conforman el patrimonio del dueño, por lo que pueden ser vendidos, donados, permutados, heredados y renunciarse a ellos entre otras formas jurídicas.

El título de propiedad debe tramitarse ante del Juzgado de Paz o Letrado y se debe probar que se ejerció la posesión con las características mencionadas durante un año ininterrumpido. Asimismo se deberá hacer un plano de la propiedad por un ingeniero agrimensor para saber el área total que se quiere prescribir. Dicho plano deberá ser inscrito en la Dirección Nacional de Catastro.

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27 pensamientos en “Como adquirir los derechos posesorios de una propiedad en Uruguay

  1. PAOLA

    Está bien Gacinta, es un año para obtener los derechos posesorios. Treinta años es para ser propietario por prescripción adquisitiva.

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  2. Pablo Garcia

    Hace menos de 1 año terminamos un juicio con mi familia y poner un añopara adquirir los derechos es un disparate! !totalmente una falta de seriedad y compromiso brutal.

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  3. Eduardo

    Hola vivo hace 15 años en una casa que obtuve por medio de un paga a una persona que vivia en ella pero no eran dueños legales a los pocos dia de mudarme a ella conosimos al propietario legal de la casa y el dijo no querer reclamar nada ya que eramos una familia con niños y se usaba para bien y no para bandalismo el tema es que ase 2 años fallecio el dueño y ahora hase 4 meses aparecio un papel de desalojo con un eredero que es hermano del difunto dueño en los 15 años que yo vivi aca se hiciron muchas reformas .acondicionamientos y mantenimiento de la casa quiero saver que derechos tengo ?

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  4. lorena

    Buenas tardes, yo alquilo una casa la cual próximamente será vendida y yo soy una posible compradora, el tema es que le alquilábamos a una señora la cual estaba en tramite de pedir la prescripción adquisitiva y en 2015 falleció, no sabemos si llegaron a otorgarle el derecho o no y ahora quien supuetamente siguió ese tramite es su hijo pero la propiedad tiene deudas mayores a $200.000 con la intendencia y primaria, cuatro apartamentos al fondo no están registrados en catastro y no sabemos como averiguar si l propiedad tiene multas por este tema y este hombre no paga nada, dice quiere vender y que se haga cargo el que compre, como puedo hacer para averiguar el total de deudas que tiene la propiedad?, gracias.

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    1. Raquel Fernàndez

      Vas a la Intendencia , allí planteas que quieres hacer un convenio. Te van a decir que durante UN AÑO debes pagar ( nunca es mucho ) puntualmente la contribución un mes y los tributos al otro . Luego de un año en que demuestras interés en pagar te hacen un convenio al que debes cumplir para no perder lo que pagaste.

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  5. Robert

    Hola consulta quiero comprar un terreno y la persona me dice que son derechos posesorios que esta listo para inscription, aur la intendencia autoriza y la escribana tambien ,mi miedo es invertir y que luego me saquen.

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  6. Iris Abendaño

    Hola ,Hace cuatro años limpio ,y cuido un terreno què hace 50años no tiene movimiento alguno ,saquè registros por escribano y ahora me decidi aedificar algo ,coloque caños y zanjeado y ademàs entre materiales con sus respectivas boletas de pago àhora ,Se presentaròn personas diciendo son dueños y edificaròn con mi arena un nicho a modo de pedir algùn servicio còmo ute o ose ,los denuncie ya què ni siquiera sè presentan con Nombres uapellido colocan un cartel de propiedad privada ,quiero seguir adelante con mi posesiòn ya que le he vocado tiempo y dinero duirante muchos años ! còmo mè aconsejan seguir lo unico que tengo es una cedula catastral y el certificado de registro que largo no tiene movimientos durante màs de 60años y con deuda de contribuciòn ! atte gracias

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  7. Jessy

    Hola yo hace 1 año estoy limpiando un terreno me movi con una escribana me dio toda la informacion del 52 hasta ahora cero escritura propietario muerto.. Si me ago cargo de la deuda y sigo con el proceso de escribano me puedo adueñar de el sin problemas?

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  8. GACINTA

    ES BROMA ESTE ARTICULO? LOS DERECHOS POSESORIOS SE ADQUIEREN DESPUES QUE SE COMPROBO QUE SE HABITO LA CASA POR 30 AÑOS SIN VIOLENCIA Y EN CONOCIMIENTO DE TODOS, PERO ACA DICE UN AÑO, QUE DISPARATE MAS GRANDE DECIR UN AÑO! DESINFORMAN A LA GENTE Y LA CONFUENDEN SI FUERA UN AÑO TODOS SERIAMOS DUEÑOS DE MUCHAS CASAS, POR FAVOR! SON 30 AÑOS, NO UN AÑO!

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  9. Yacque

    Hola quiciera saber telefono o direccion de un abogado q me acesore sobre este tema ya q muchos dicen lo contrario a lo escrito aki agradezco si alguien me puede decir con quien acesorarme gracias

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  10. MARIA LEONOR EASTON MERCADER

    Hola

    quisiera saber cómo puedo hacer para ir pagando la contribución, luz y agua de unterreno que está abandonado.
    Consulté a la I. Municipal respectiva y me indicaron la deuda
    Es de más de $200000 y quiero hacer un convenio para ir pagándoosla.-
    El tema que no sé que documentación me pide la Intendencia para hacer dicho convenio, ya que no soy la titular del mismo y no tengo ningún título o cualquier otra documentación que lo justifique.-
    Desde ya muchas gracias y espero ´pronta su contestación

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  11. Natalia

    Tengo en mi propiedad gente metida de intruso estando yo viviendo aca y ellos en el fondo y ellos reclaman derechos posesorios siendo yo la dueña y con documentos no entiendo como un abogado puede desirle a ellos q son dueños tambien no entiendo y hace un año q estan me parese una falta de respeto q se den derechos posesorios a alguien cuando uno trabaja toda la vida para tener algo y pagarlo con mil sacrificios y otros se lo lleven de arriba no entienfo

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    1. Ines

      Quiero saber los pasos a seguir por rlos derechos posesorios. Hay un terreno al lado de mi casa en balneario y si pago por un año contribución cerco pido contador d ose lo limpio y con un escribano pues certificar eso❓ . Y di después de 2 o 3 años aparece el titular q hago❓ . Y quien me cede los derechos posesorios❓ si me orientan les agradezco

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      1. Natalia

        Te cuento que para que puedas prescribir ese terreno necesitas ejercer actos de dominio por al menos 30 años!! No te dejes engañar. Ojo!! Saludos.

  12. Hilario

    Una consulta,yo hace mas d 3 años vivo en una casita precaria el tema es q m pidieron q m fuera y tengo a minombre el tel el agua y el cable y la verdad ahora no quiero irme no por el momento pero m gustaria saber como podria hacer para poder pagar la contribucion y de mas para quedarme con el si es q se puede,desde ya agradesco m contestaran?

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  13. Nelson

    Hola estoy haciendo la prescripción de una casa que tiene más de 50 años construida y ahora según dicen la construcción de la casa está invadiendo un metro y los planos originales no aparecen por ningún lado . Tengo que tirar ese metro a pesar de los años que tiene la casa ????? Gracias

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  14. Lucia

    Hola deseo saber sobre una casa en la q vivio mis padres mas de 30 años el ahora fallecio , nunca se hicieron los titulos de posesion , ahora mis tias hermanas de el se quieren adueñar de eso ? Que me recomienda ? Tienen derecho alguno de reclamar o de ocupar? Gracias espero su respuesta.

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  15. daniel

    buenas tardes! en 1994 nos vinimos a vivir con mis abuelos y una tia con problemas sicologicos, ,mis padres un hermano y yo hace mas de 22 años estamos en la casa, ellos fallecieron recientemente,mi abuelo hace mas de un año y mi abuela 6 meses,mi papa es el hijo de mis abuelos junto con tres hermanos mas,mi papa hace unos 20 años,se emfermo psicologicamente ,pero no lo posibilita firmar,la susecion no se abrio ,la escritura de la casa la tiene un tio que no vive con nosotros,hace un mes vino a quedarse en la casa un sobrino de mi padre que es el hijo de la hermana de el,pero el se droga en la casa y quiere que lo toleremos y que nos adaptemos a sus reglas,pero nosotros somos una familia que vive en la casa hace mas de 22 años como ya lo mencione y queremos que el muchacho sea que se adapte a nuestras reglas,pero hay codigos de convivencia que se rompieron de parte de el,mi pregunta era como podemos hacer usufructo de la casa y queria saber cuales serian los pasos a seguir?desde ya muy agradesido,espero tener noticias pronto,gracias!

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    1. daniel

      lo que queremos es tener derechos de posesion de la casa ,cuales serian los pasos a seguir?me olvidaba de la pregunta que queria formular, gracias!

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    1. laura Asuaga

      Desde el año 2009 vivo en una casa,con papeles de sesion de derechos posesorios.tengo todo al dia,impuestos primaria contribucion.
      Quiero hacer los titulos,porque ya esta para prescribir ,ya es treintnal.
      Tengo derecho a escriturar aunque no tenga los treinta años de antigüedad?
      O sea el escribano al que consulte me dijo que no tenia posibilidadesque el.juez.me concediera los titulos que no valia la pena entrar en gastos (ya que el costo no es barato) para que al final no.pueda ser la titular.gracias!!

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  16. Michel

    Hola,

    Podrías indicar quién puede asesor sobre este tema?

    Porque yo he consultado varias veces y no parece ser tan simple como lo que indica acá.

    Saludos,
    Michel

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