Cómo reclamar la devolución del IRPF

Autor: Gastón Publicado el 27th enero 2014 - Última Edición: 12 diciembre, 2014

recaudación DGI

En este articulo vamos a mostrar cómo si el contribuyente tiene un saldo a favor del IRPF/IASS puede solicitar el crédito.

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recaudación DGI Muchos nos preguntamos cómo reclamar la devolución del IRPF. En este artículo vamos a mostrar cómo si el contribuyente tiene un saldo a favor del IRPF/IASS puede solicitar el crédito.

Devolución del IRPF a trabajadores dependientes

Devolución del IRPF si no has presentado una declaración jurada

Todos los trabajadores que son dependientes de un único empleador y recibieron un único ingreso, en el periodo anual de enero a diciembre del pasado año y no han optado por la reducción de las retenciones de IRPF por Núcleo Familiar en su momento.

Sin presentar declaración jurada, el monto del crédito que sea superior a los $50 será comunicado por la DGI al empleador quien tendrá la obligación de notificar al empleado para que este pueda cobrar el importe correspondiente a la devolución del saldo a favor por sus aportes al IRPF en los locales de la Red Abitab en cualquier sucursal de todo el país mediante la presentación de su documento de identidad.

El monto que la DGI autoriza a cobrar e informa al empleador va a depender de las declaraciones presentadas por el empleador mismo.

Devolución del IRPF si has presentado una declaración jurada

Los trabajadores dependientes, jubilados, pensionados y contribuyentes por rentas de capital que han presentado en sus declaraciones juradas saldos favorables mayores a los $50 podrán cobrar una vez que la DGI los autorice en cualquier local de la Red Abitab también.

El cobro lo podrá realizar la persona con su documento de identidad, o bien un representante que haya realizado el correspondiente tramite ante el RUT que le facilite el poder de hacer dichos cobros.

Devolución del IRPF a trabajadores independientes

Los trabajadores independientes por su parte que tengan a partir de su declaración jurada un saldo de crédito superior a los $50 podrán efectuar el cobro a través del mismo procedimiento antes explicado.

Si el saldo es superior a los $500 podrá optar por cobrar en efectivo o en certificados de crédito. Estos certificados de crédito deberán ser solicitados en la sucursal de la DGI correspondiente al domicilio del trabajador debiendo presentar los formularios 2/217 y 2/218.

Al ser sumas mayores a 500 podrán obtenerse con ellas certificados de tipo A o D. Los primeros servirán para cancelar impuestos del contribuyente administrados por la DGI y los segundos podrán ser utilizados para cancelar obligaciones del contribuyente generadas ante el BPS.

Escrito por: Publicado en Finanzas Personales, Impuestos | Etiquetado , , | 39 Comments
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39 pensamientos en “Cómo reclamar la devolución del IRPF

  1. Hugo

    Hola, consulto por si a alguien le pasó, yo hice la consulta web, me decía que tenía créditos pendientes, y abrí una «cuenta» en ebrou para que me depositen ahí en lugar de pasar a cobrar en Abitab, pensando que era más rápido. Voy a la DGI hago todo lo que tengo que hacer y me dicen que por abitab demora aproximadamente 15 días, pero por ebrou puede demorar algo más. El tema es que ya hace un mes y todavía no tengo nada depositado.
    Alguien sabe cuanto demora en realidad esto.
    Saludos

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  2. milton ghan

    Hola yo recibi de la dgi en el año 2011 la devolucion de 130 y pocos pesos por lo cual me fui a un ciber he hice que me averiguaran ellos lo que a los 5 dias me cobraron 50 pesos y me dieron unos papeles con los cuales cobre 23.000 pesos de devolucion por los años 2007/8/9/10 y en el año 2011 lo hice de nuevo y cobre 11.000 pesos. Ahora pienso en ir dado que es a año vencido para cobrar 2012/13/14 no esperen por la dgi porque no paga lo que en realidad es .

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  3. ale

    LA IZQUIERA ES VERGONZO UN PAIS EN LA MISERIA EL BOLETO UN DOLAR LA COMODA MAS CARAS LOS URUGUAY SAQUENSEN LA VENDA DE LOS OJOS EL ESTADO LE METE LA MANO AL TRABAJADOR FESTEJEN MANGA DE MUERTO DE HANBRE QUE VOTAN AL FRENTE AMPLIO LLENO DE CORRUCPTO FUNDIERON PLUNA EL BENGOA SE ROBO PLTA DEL LOS CASINO JINTO CON EL GAY MARIANO ARANA LA VIEJA MUNIS TOCA EL TANBON CON EL MARICA CANELA

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    1. Mónica

      Señor o señora: le recuerdo que la educación en nuestro país es gratuita. ¿Le parece darse una vueltita por alguna escuela para aprender a escribir?
      ¡Ah! Y de paso aprende valores, aprende a respetar a los demás, aprende a hacerse cargo de su propia vida, en vez de meterse en las cosas de los demás. Aprende sobre la historia reciente de nuestro país… En fin, se hace persona.
      Saludos

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  4. CARMENALBERRO

    SOY LA SEÑORA Y MI ESPOSO YA IZO LA DECCLARACION JURADA EN EL 2013 EN EL CUAL TENIA PARA COBRAR Y LUEGO LE DIJIERON QUE NO PERO EN LA DGI SI LE DICEN QE TIENE ENTONCES QUE PASA COMO TIENE QUE HACER QUISIERA UNA REPUESTA GRACIAS EN MI CORREO

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  5. Marcela Acosta

    Buen día, este año por problemas de salud no me entere de la fecha de devolución de IRPF por alquiler y cuando mande la solicitud fue rechazada. Les pido si por favor hay alguna manera de poder cobrarlo me informen por este medio la manera ya que es un dinero que realmente se necesita y nunca tengo la oportunidad de cobrar por otros impuestos. Les agradezco enormemente lo que puedan hacer para que pueda cobrar ese dinero. Muchas gracias. Saludos,
    M. Acosta

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    1. lilian krabs

      Están aceptando trámites para devolver años anteriores, no solo 2013. Yo lo hice ayer en Atlántida y mi hija en Tacuarembó.Anda y no esperes!!

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      1. marce

        pregunta:hasta que años anteriores se puede reclamar la devolución,ya que voy a reclamar la 2014 pero nunca reclame anteriores..?

  6. Elena

    El 21 de julio se presentó la declaración jurada y todavía no tengo habilitado el cobro. Que puedo hacer?
    Espero su respuesta, gracias

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  7. efra

    Si te tocara pagar ya te hubieran cobrado al otro día y con mora si te tocara cobrar quien sabe cuando te pagan no tienen vergüenza la dgi .El impuesto es un asalto a mano armada y al pueblo uruguayo lo están desangrando yo me pregunto hasta cuando aflojen

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  8. Alvaro aguilar

    HACE 25 día que hice la declaración jurada cuando va salir el pago .le agradesco si me contesta ,si tubíera pagar ya me habrían cobrado multa si no pago ´, como es p devolver no tienen apuro

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  9. CLAUDIA VIRGINIA KUZMA

    Hola ya hace 1mes que la Cra presento la DJ con saldo a favor IRPF y aún no estoy autorizada a cobrar, como puedo hacer? agradezco su respuesta

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  10. Luciana

    Hace 15 días que mi Cra. presento todo y ya he pasado por Abitab y aún no tengo nada para cobrar…También quisiera saber cuánto demoran en autorizar para el cobro en el Abitab…Gracias

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  11. victoria

    hace 14 dias presente la declaracion jurada, quisiera saber cuanto estan demorando en hacer efectivo en abitab el cobro de la devoluvion.
    Gracias

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  12. marcelo

    Me gustaria saber de manera simple muy simple que es lo que cobro como devolucion de irpf, porque nunca se que es lo que me estan devolviendo.. gracias.

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    1. luis

      Si yo soy arrendatario de una finca,pago mensualmente el 10,5% del alquiler y me sale credito por los deducibles por mis cuentas ,que hago ? una DJ, ? la presento y me devuelven efectivo. ? Hay plazoses al 31/12 de c/año o por digito de què documento?,Gracias,luis.-

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  13. pablo

    hola yo cobro todos los años la devolucion pero todavia no e cobrado.en el trabajo siempre me dicen si tengo que cobrar,de ahi mi pregunta.todavia no e cobrado porque en el trabajo no han presentado las declaraciones o es por la burocracia de la dgi que demora el pago.
    muchas gracias

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  14. gargola

    Carlos Viar Debes pedir el resumen de IRPF a tú empleador y presentarte en DGI con los respectivos documentos que allí (DGI) se te piden .saludos

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  15. carlos viar

    A mi nunca mi empleador me comunico si tenia que ver si tenia irpf para cobrar la ves anterior que se pago ni ahora como se si me corresponde tengo que pedir una declaración obligatoriamente quien me la hace y como la pido o me la tienen que dar sin que yo pida eso gracias

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