¿Cómo comprar vivienda siendo pensionista o jubilado?

Autor: Redaccion Publicado el 23rd julio 2014 - Última Edición: 28 noviembre, 2014

Comprar vivienda siendo pensionista o jubilado en Uruguay ya no es difícil gracias al Programa Vivienda para Pasivos de BPS, quien suministra el alquiler y los gastos comunes al propietario del inmueble, dejando a cargo del mismo solamente los gastos personales. Soluciones habitacionales Por subsidio de alquiler hasta $5171 nominales. Por adjudicación de una casa […]

Comprar vivienda siendo pensionista o jubilado en Uruguay ya no es difícil gracias al Programa Vivienda para Pasivos de BPS, quien suministra el alquiler y los gastos comunes al propietario del inmueble, dejando a cargo del mismo solamente los gastos personales.

Soluciones habitacionales

  • Por subsidio de alquiler hasta $5171 nominales.
  • Por adjudicación de una casa perteneciendo al conjunto para pensionistas y jubilados
  • Por susidio de atención en hogares de ancianos

Características del Programa Vivienda para Pasivos

Para comprar una vivienda siendo pensionista o jubilado, deberás contar con la residencia permanente en Uruguay y tener al menos $5171 nominales de jubilación o pensión. Además, no es necesario tener un ahorro previo ni abonar comisiones a la inmobiliaria.

No obstante, las pensiones por invalidez o vejes quedan totalmente excluidas de este programa, así como también los titulares de pensiones o jubilaciones a término y los subsidios transitorios por alguna incapacidad de tipo parcial.

Aquellos pensionistas o jubilados que cobran sus haberes por primera vez, deberán contar con dos pagos consecutivos para poder comprar una vivienda en Uruguay por el Programa de Vivienda para Pasivos.

Requisitos

El aspirante no deberá superar los 12 U.R, salvo aquellos que se encuentra en localidades del interior donde el monto es el doble. Quien quiera escribirse en el Programa de Vivienda para Pasivos tendrá que ser una persona válida por sí misma y no contar con propiedades o copropiedades, ser titular de derechos de habitación y uso, usufructuario, titular o promitente de otro tipo de programas de vivienda privados o públicos.

Localidades del interior con tope a 24 U.R

  • Flores: Trinidad.
  • Colonia: Carmelo, Juan Lacaze, Nueva Palmira, Colonia Valdense.
  • Canelones: Los cerrillos, Las piedras, Canelones, San Ramón, Capital departamental, Santa Lucía, La Paz, San Bautista.
  • Lavalleja: Zapicán.
  • Florida: Cardal, Sarandí grande.
  • Rivera: Vichadero, Minas de Corrales, Tranqueras.
  • Río negro: Fray Bentos.
  • Salto: Col. Lavalleja, Constitución.
  • Rocha: Castillos, Lascano.
  • Tacuarembó: Paso de los Toros.
  • San José: Mal abrigo.
  • Soriano: Cardona.
  • Treinta y Tres: Santa Clara de Olimar, Capital Departamental Treinta y Tres.

Presentarse con documento de identidad y recibo de cobro actual en la calle 18 de julio al 1720 Planta Baja “Prestaciones Sociales” en Montevideo, de lunes a viernes de 9:15hs a 16hs o en las Sucursales del BPS según la zona geográfica del Interior del país.

Fuente: Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Imagen cortesía de Tal Cual Digital (talcualdigital.com), todos los derechos reservados.

Escrito por: Publicado en Compras, Inversiones, Propiedades | Etiquetado , , | 12 Comments
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12 pensamientos en “¿Cómo comprar vivienda siendo pensionista o jubilado?

  1. jose luis

    soy jubilado discapacitado nesesito una vivienda estoy alquilando no me alcansa para comer que posiblida tengo o un terreno me hago una casita de madera vivo en salinas celu 095437679

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  2. Micaela

    Yo cobro una pensión por mi hija,que gracias a dios es sana, pero le quedo por el fallecimiento del padre,tengo alguna opción ? Ya q no tenemos donde estar y tenemos desalojo de donde estamos. Solo eso me importa! Cobro 7 y poco!

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  3. APOLONIO LIMA PIRES

    Necesito una vivienda PRONTA para vivir en algúm lugar de Uruguay . Somos un matrimonio y nos cansamos de ESPERAR por una cooperativa que estamos desde 2011 en Rivera, tengo 74 años mi esposa y los hijos de ella que nos visitan. Como consigo una vivienda??? Por BPS no dá passa el TOP.. mando email de mi esposa. gracias El Lugar no siendo ciudad grande qualquiera nos sirve.. gracias

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  4. Jeny

    Yo quisiera saber si puedo adquirir un arquiler a través de las pensiones de mis hijos Q se las dejó su Papa al fallecer

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  5. carla moreno

    Quisiera saber como puedo hacer para comprar una para mi hijo soy su apoderada y el tiene síndrome de down y es menor, quisiera saber sii hay algun plan de viviendas o algo para ellos .las personas discapasitada.desde ya muchas gracias

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  6. Alejandro

    Aclaración: El título está mal, dice «¿Cómo comprar vivienda siendo pensionista o jubilado?», además en el encabezado indica: «Comprar vivienda siendo pensionista o jubilado en Uruguay ya no es difícil gracias al Programa Vivienda para Pasivos de BPS» pero el artículo indica 3 formas de soluciones habitacionales para pasivos a través del BPS:

    Por subsidio de alquiler hasta $5171 nominales.
    Por adjudicación de una casa perteneciendo al conjunto para pensionistas y jubilados
    Por susidio de atención en hogares de ancianos

    En ninguno de los 3 casos se puede hablar de «Compra de vivienda para pasivos», ya que en ninguna de las 3 formas es una propiedad a nombre del pasivo:

    La primera, claramente es una subsidio para alquilar vivienda, no la compra.
    La segunda es una «adjudicación de vivienda para pensionistas y jubilados» del BPS, es decir, si no supera determinado ingreso de jubilación y otros requisitos que especifican bien en el artículo, se le da al pasivo una vivienda para «USAR» pero no es de su propiedad, si no cumple los requisitos o fallece la vivienda pasa a otro pasivo.
    Y la tercera, claramente es un subsidio en el que se le paga al pasivo por parte del estado una parte o totalidad para hogar de ancianos.

    Además, el artículo es entreverado, más adelante indica que para comprar una vivienda debe tener al menos una pension o jubilación de al menos $ 5.171. En primer lugar repito lo mismo, la exigencia de $ 5.171 no es para compra como dice arriba es para subsidio de alquiler, y en segundo lugar no es tener «al menos $ 5.171» sino que (supongo yo porque no queda muy claro) el máximo que debe percibir de jubilación o pensión es de $ 5.171 para acceder al subsidio de alquiler. Que además, es distinto al de uso de las viviendas de BPS en el que el máximo es una pensión o jubilación de no más de 12 UR.

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